Visas

Las visas de trabajadores temporales son para aquellos que quieren entrar a los Estados Unidos para un empleo que dure un período fijo de tiempo, y no se consideran permanentes o indefinidos. Tales visados equieren que los posibles empleadores presenten una petición ante USCIS. Se requiere una petición aprobada para solicitar una visa de trabajo.

Categoría de visado y Descripción general:

H-1B: Persona en ocupación especializada

Trabajar en una ocupación especializada. Requiere un grado de educación superior o su equivalente. Incluye modelos de distinguido mérito y habilidad y de investigación y desarrollo de gobierno a gobierno, o proyectos de coproducción administrados por el Departamento de Defensa.

 

H-2A: Trabajador Agrícola Temporal

Para trabajos agrícolas temporales o estacionales. Limitada a ciudadanos o nacionales de países designados, con excepciones limitadas, si se determina que son de interés de los Estados Unidos.

H-2B: Trabajador Temporal No Agrícola

Para trabajos no agrícolas temporales o estacionales. Limitada a ciudadanos o nacionales de países designados, con excepciones limitadas, si se determina que son de interés de los Estados Unidos.

H-3: Trainee o visitante de educación especial

Recibir capacitación, que no sea médica o académica, que no esté disponible en el país de origen del aprendiz o programas de capacitación práctica en la educación de niños con discapacidades mentales, físicas o emocionales.

L: Traspaso intracompañero

Trabajar en una sucursal, padre, afiliado o filial del actual empleador en una capacidad directiva o ejecutiva, o en una posición que requiera conocimientos especializados. El trabajador debe haber sido empleado por el mismo empleador en el extranjero continuamente durante un año en los tres años anteriores.

O: Individuo con Habilidad o Logro Extraordinario

Para personas con extraordinaria habilidad o logros en las ciencias, artes, educación, negocios, atletismo o extraordinarios logros reconocidos en los campos del cine y la televisión, demostrados por la aclamación nacional o internacional sostenida, para trabajar en su campo de experiencia. Incluye a las personas que prestan servicios esenciales en apoyo de la persona mencionada.

P-1: Atleta individual o en equipo, o miembro de un grupo de entretenimiento

Para actuar en una competición deportiva específica como atleta o como miembro de un grupo de entretenimiento. Requiere un nivel internacionalmente reconocido de desempeño sostenido. Incluye a las personas que prestan servicios esenciales en apoyo de la persona mencionada.

 

P-2: Artista o Animador (Individual o Grupo)

Para desempeño bajo un programa de intercambio recíproco entre una organización en los Estados Unidos y una organización en otro país. Incluye a las personas que prestan servicios esenciales en apoyo de la persona mencionada.

P-3: Artista o Animador (Individual o Grupo)

Realizar, enseñar o entrenar bajo un programa culturalmente único o una representación o presentación tradicional étnica, folclórica, cultural, musical, teatral o artística. Incluye a las personas que prestan servicios esenciales en apoyo de la persona mencionada.

P-1: Participante en un Programa de Intercambio Cultural Internacional

Para la formación práctica y el empleo y para compartir la historia, cultura y tradiciones de su país de origen a través de la participación en un programa de intercambio cultural internacional.

Certificación Laboral - Algunas categorías de visas para trabajadores temporales requieren que su posible empleador obtenga una certificación laboral u otra aprobación del Departamento de Trabajo en su nombre antes de presentar la Petición para un Trabajador No Inmigrante, Formulario I-129, con USCIS. Su empleador potencial debe revisar las Instrucciones para el Formulario I-129 en el sitio web de USCIS para determinar si la certificación laboral es requerida para usted.

Aprobación de Peticiones - Algunas categorías de trabajadores temporales están limitadas en el número total de peticiones que pueden ser aprobadas anualmente. Antes de que usted pueda solicitar una visa de trabajador temporal en una embajada o consulado de los Estados Unidos, una Solicitud para un Trabajador No Inmigrante, Formulario I-129, debe ser presentada en su nombre por un posible empleador y ser aprobada por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración ). Para más información sobre el proceso de la petición, los requisitos de elegibilidad por categoría de visa y los límites numéricos, si corresponde, vea Trabajar en los Estados Unidos y Trabajadores Temporales (No Inmigrantes) en el sitio web de USCIS. Una vez que la petición sea aprobada, USCIS enviará a su posible empleador un Aviso de Acción, Formulario I-797.

Cómo aplicar

Después de que USCIS apruebe la Petición para un Trabajador No Inmigrante (Formulario I-129), usted puede solicitar una visa. Hay varios pasos en el proceso de solicitud de visa. El orden de estos pasos y la forma de completarlos pueden variar en la embajada o el consulado de los Estados Unidos donde se solicita. Por favor, consulte las instrucciones disponibles en el sitio web de la embajada o del consulado en donde se aplicará.

Complete la solicitud de visa en línea

  •  Solicitud de visa de no inmigrante en línea, Formulario DS-160 - Obtenga más información sobre cómo completar el DS-160. Debe: 1) completar la solicitud de visa en línea y 2) imprimir la página de formulario de confirmación de solicitud para traer a su entrevista.
  • ·Foto: Subirá su foto mientras completa el formulario en línea DS-160. Su foto debe estar en el formato explicado en los Requisitos de fotografía.

Programe una entrevista

Aunque las entrevistas generalmente no son necesarias para los solicitantes de ciertas edades descritas a continuación, los funcionarios consulares tienen la discreción de requerir una entrevista de cualquier solicitante, independientemente de su edad.

Debe programar una cita para su entrevista de visa, generalmente, en la embajada o consulado de los Estados Unidos en el país donde usted vive. Puede programar su entrevista en cualquier embajada o consulado de los Estados Unidos, pero tenga en cuenta que puede ser difícil calificar para una visa fuera de su lugar de residencia permanente.

Si tienes edad:

Entonces una entrevista es:

  • 13 y menor: Generalmente no es necesario
  • 14-79: Requerido (algunas excepciones para renovaciones)
  • 80 años o más: Generalmente no es necesario
  • Los tiempos de espera para citas de entrevista varían según la ubicación, la estación y la categoría de visas, por lo que debe solicitar su visa temprano. Revise el tiempo de espera de la entrevista para el lugar donde va a aplicar.

Necesitará proporcionar el número de recibo impreso en su Petición para un Trabajador No Inmigrante, Formulario I-129, o Notificación de Acción aprobada, Formulario I-797, para programar una entrevista.

Prepárese para su entrevista

Cuotas - Pagar la cuota de solicitud de visa no reembolsable, si se requiere que la pague antes de su entrevista. Para las tarifas actuales de los servicios del gobierno del Departamento de Estado, seleccione Tarifas. Cuando su visa es aprobada, también puede pagar una tasa de reciprocidad de emisión de visa, si aplica a su nacionalidad. Revise las tablas de reciprocidad de Visa para averiguar si debe pagar una cuota de emisión de visa.

Revise las instrucciones disponibles en el sitio web de la embajada o consulado donde se aplicará para obtener más información sobre el pago de cuotas.

L incluidos en una solicitud de cobertura de L: También debe pagar la tarifa de prevención y detección de fraude y puede que tenga que pagar la cuota de la Ley de seguridad de fronteras. Seleccione Todas las tarifas para obtener más información.

Reúna la documentación requerida

Reúna y prepare los siguientes documentos requeridos antes de su entrevista de visa:

Pasaporte válido para viajar a la U. S. - Su pasaporte debe ser válido por lo menos seis meses más allá de su período de estancia en la U. S. (a menos que esté exento de acuerdo con el país). Si más de una persona está incluida en su pasaporte, cada persona que necesita una visa debe presentar una solicitud por separado.

Solicitud de visa de no inmigrante, formulario DS-160 página de confirmación

Recibo de pago de la cuota de solicitud, si se le requiere pagar antes de su entrevista

Foto: Subirá su foto mientras completa el formulario en línea DS-160. Si la carga de la foto falla, debe traer una foto impresa en el formato explicado en los Requisitos de fotografía.

Número de recibo para su petición aprobada tal como aparece en su Petición para un Trabajador No Inmigrante, Formulario I-129, o Notificación de Acción, Formulario I-797, de USCIS.

Solicitantes de Visa L - Si usted está incluido en una petición de manta de L, debe traer su entrevista a la Formulario I-129S, Petición de No-Inmigrante Basada en la Petición de Solicitud General.

Derechos legales y protecciones

Los solicitantes de visas H-1B, H-2A y H-2B deben leer el folleto de Derechos y Protecciones Legales para conocer sus derechos en los Estados Unidos y la protección disponible para usted. Revise este importante folleto antes de solicitar su visa.

Se puede requerir documentación adicional

Revise las instrucciones sobre cómo solicitar una visa en el sitio web de la embajada o consulado en el que se aplicará. Se pueden solicitar documentos adicionales para establecer si usted está calificado.

Todos los solicitantes de visas, excepto H-1B y L, generalmente tendrán que mostrar pruebas de vínculos convincentes con su país de origen para demostrar su intención de regresar después de su estadía temporal en los Estados Unidos. Ejemplos de lazos convincentes incluyen:

Una residencia en el extranjero que usted no tiene la intención de abandonar

  •  Tus relaciones familiares
  •  Su situación económica
  •  Sus planes a largo plazo
  • Asista a su Entrevista de Visa

Durante su entrevista con la visa, un funcionario consular determinará si está calificado para recibir una visa, y si es así, qué categoría de visa es apropiada según su propósito de viajar. Deberá establecer que cumple con los requisitos bajo la ley de los Estados Unidos para recibir la categoría de visa para la cual está aplicando.

Las exploraciones de huellas dactilares digitales libres de tinta se tomarán como parte de su proceso de solicitud. Por lo general se toman durante su entrevista, pero esto varía según la ubicación.

Después de su entrevista con la visa, su solicitud puede requerir un procesamiento administrativo adicional. Usted será informado por el funcionario consular si es necesario un procesamiento adicional para su solicitud.

Cuando la visa sea aprobada, usted puede pagar una cuota de emisión de visado si corresponde a su nacionalidad, y se le informará cómo le será devuelto su pasaporte con visa. Revise el tiempo de procesamiento de la visa, para saber cuánto tiempo su pasaporte con visa estará generalmente listo para ser recogido o entregado por el mensajero.

Información Adicional

La aprobación de una petición no garantiza que se le expedirá una visa. No haga planes finales de viaje ni compre boletos hasta que tenga una visa.

A menos que sea cancelado o revocado, el visado es válido hasta su fecha de vencimiento. Por lo tanto, una visa válida en los Estados Unidos en un pasaporte caducado sigue siendo válida. Si tiene una visa válida en su pasaporte caducado, no lo elimine de su pasaporte caducado. Usted puede usar su visa válida en su pasaporte caducado junto con un nuevo pasaporte válido para viajar y admisión a los Estados Unidos.

Cónyuge e hijos

Con la excepción de los solicitantes de visas de Intercambio Cultural Visitante Q-1, su cónyuge e hijos solteros, menores también pueden solicitar la misma categoría de visa que usted para acompañar o unirse a usted. A partir de ahora, las embajadas y los consulados de los Estados Unidos decidirán las solicitudes de visado basadas en matrimonios del mismo sexo, de la misma forma en que decidimos las solicitudes de cónyuges de distinto sexo. Por favor haga referencia a la guía específica sobre la categoría de visa para la cual usted solicita más detalles sobre la documentación requerida para los cónyuges derivados. Usted debe ser capaz de demostrar que usted será capaz de apoyar financieramente a su familia en los Estados Unidos. Para obtener más información sobre los visados ara los cónyuges del mismo sexo, consulte nuestras preguntas frecuentes. Para obtener información sobre el empleo y el estudio, revise la información sobre los trabajadores temporeros y la autorización de empleo en el sitio web del USCIS.

Negación de Visas e Inelegibilidad

Revise las denegaciones de visas para obtener información detallada sobre las inelegibilidades, denegaciones y exenciones de visas.

Se me negó el visado en virtud de la sección 214 (b). ¿Puedo volver a aplicar?

Sí, si usted cree que las circunstancias han cambiado con respecto a su solicitud. Revise las denegaciones de Visa para obtener más información.

Representación falsa o fraude

El intento de obtener un visado por la tergiversación deliberada de un hecho material, o fraude, puede resultar en la negativa permanente de una visa o la denegación de entrada en los Estados Unidos. Revisar Inelegibilidades y Exenciones: Leyes.

Entrada en el puerto de entrada de Estados Unidos

Una visa permite que un ciudadano extranjero que venga del extranjero, viaje al puerto de entrada de los Estados Unidos y solicite permiso para entrar a los solicitantes de los EE.UU. debe ser consciente de que una visa no garantiza la entrada en los Estados Unidos. Los funcionarios del Departamento de Seguridad Interna de los Estados Unidos (Customs and Border Protection, CBP) tienen autoridad para permitir o denegar la admisión a los Estados Unidos. Si se le permite entrar a los Estados Unidos, el funcionario de la CBP determinará la duración de su visita.

Aviso: Nuevo Proceso I-94 Electrónico - Un nuevo proceso electrónico I-94 en los puertos aéreos y marítimos de entrada fue implementado completamente antes del 25 de mayo de 2013. Bajo el nuevo proceso CBP, un oficial CBP proporcionará a cada viajero no inmigrante admitido con una admisión Sello en su pasaporte. CBP ya no emitirá un Formulario I-94 en papel al ingresar a los Estados Unidos, con algunas excepciones. Obtenga más información en el sitio web del PFC.

Si se le entrega un Formulario I-94 en papel, esto documentará su estadía autorizada y es el registro oficial de su permiso para estar en los Estados Unidos. Es muy importante mantener dentro de su pasaporte. Antes de viajar, los posibles viajeros deben revisar la información importante sobre los requisitos de Admisión / Entrada, así como información relacionada con las restricciones sobre traer comida, productos agrícolas u otros bienes prohibidos / restringidos explicados en el sitio web del Departamento de Seguridad Nacional, Aduanas y Protección Fronteriza.

 

¿Cómo puedo prolongar mi estadía?

 Los visitantes que deseen permanecer más allá de la fecha indicada en su sello de admisión o papel Formulario I-94 deben tener la aprobación de USCIS. Vea Extender su estadía en el sitio web de USCIS.

 Debe salir de los Estados Unidos en o antes de la fecha indicada en su sello de admisión o en el Formulario I-94, a menos que su solicitud de extender su estadía sea aprobada por USCIS.

 Si no sale de Estados Unidos a tiempo, resultará en que usted esté fuera de estado, puede anular su visa y puede hacer que usted no sea elegible para visas que pueda solicitar en el futuro. Revise las denegaciones de visas, las inelegibilidades y las exenciones: Leyes y la sección 222 (g) de la Ley de inmigración y nacionalidad para obtener más información.

¿Cómo puedo saber durante cuánto tiempo estoy autorizado a permanecer en los Estados Unidos?

Una visa no garantiza la entrada a los Estados Unidos, sino que permite a un ciudadano extranjero procedente del extranjero, viajar al puerto de entrada de Estados Unidos y solicitar permiso para ingresar a los Estados Unidos. El Departamento de Seguridad Nacional, US Customs and Border Protection (CBP) Los funcionarios tienen autoridad para permitir o denegar la admisión a los Estados Unidos, y determinar cuánto tiempo puede permanecer un viajero. Si se le permite entrar a los Estados Unidos, el funcionario de la CBP determinará la duración de su visita.

Aviso: Nuevo Proceso I-94 Electrónico - Un nuevo proceso electrónico I-94 en los puertos aéreos y marítimos de entrada fue implementado completamente antes del 25 de mayo de 2013. Bajo el nuevo proceso CBP, un oficial CBP proporcionará a cada viajero no inmigrante admitido con una admisión Sello en su pasaporte. CBP ya no emitirá un Formulario I-94 en papel al ingresar a los Estados Unidos, con algunas excepciones. Obtenga más información en el sitio web del PFC.

En el sello de admisión o en el Formulario I-94, el inspector de inmigración de los Estados Unidos registra una fecha o "D / S" (duración del estatus). Si su sello de admisión o papel Formulario I-94 contiene una fecha específica, entonces esa es la fecha por la cual debe salir de los Estados Unidos. Si se le entrega un Formulario I-94 en papel, esto documentará su estadía autorizada y es el registro oficial de su permiso para estar en los Estados Unidos. Es muy importante mantener dentro de su pasaporte. Revise la información sobre Admisión en el sitio web del PFC. También, vea Duración de la estancia.

No entregué mi I-94 cuando salí de Estados Unidos, ¿qué debo hacer?

Si no entregó su formulario de registro de entrada / salida I-94, consulte el sitio web del Departamento de Seguridad Interna, Aduanas y Protección Fronteriza para obtener más información. Si no recibió un Formulario I-94 en papel y su registro se creó electrónicamente, CBP registrará su salida usando información de manifiesto obtenida del transportista aéreo o marítimo.

¿Cómo cambio mi estado?

Algunos titulares de visas no inmigrantes, mientras están presentes en los Estados Unidos, pueden presentar una solicitud que debe ser aprobada por USCIS para cambiar a otra categoría de no inmigrante. Consulte Cambiar mi estado de no inmigrante en el sitio web de USCIS.

Nota importante: La presentación de una solicitud con USCIS para la aprobación del cambio de estado antes de que expire su estancia autorizada, mientras permanezca en los Estados Unidos, no requiere por sí misma que el titular de la visa solicite una nueva visa. Sin embargo, si no puede permanecer en los Estados Unidos mientras USCIS procesa su solicitud de cambio de estado, deberá solicitar una visa de no inmigrante en una Embajada o Consulado de los Estados Unidos en el extranjero.

Fuente: http://travel.state.gov/visa/temp/types/types_1271.html